Que a día de la fecha se encuentra vacante el cargo de juez de paz sustituto de este municipio, siendo precisa la cobertura de dicho cargo. Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombrada juezde paz sustituto de este municipio, de conformidad con lo que establecen los artículos 101y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y artículos 4 y 5.1 delReglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
En la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabar la información que se precise en cuanto a requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.
Así mismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento: http://batres.es
En caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, comunicando el Acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Puede consultar el bando de la convocatoria, el impreso de solicitud y toda la información sobre el procedimiento en los siguientes enlaces:
Anuncio convocatoria BOCM: ARCHIVO PDF "AQUI"
Formulario solicitud: ARCHIVO PDF "AQUI"






